Condiciones Generales del
Contrato de Viaje Combinado


A los efectos de las presentes condiciones generales, el programa/catálogo es el documento informativo al que éstas se incorporan. El catálogo contiene la descripción de cada uno de los viajes combinados que constituyen el objeto del contrato. La información sobre los viajes contenida en el programa/catálogo es vinculante para el Organizador, salvo que concurran algunas de las siguientes circunstancias:

a) Qué los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad hay sido objeto de expresa mención en el programa/oferta.

b) Qué se produzcan modificaciones con posterioridad a la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en el programa del viaje, previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.

CONTRATO DE VIAJES COMBINADOS (doc.PDF)

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